Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 10
10 / 212En vigor desde 6 nov 2018
1. Ninguna de las disposiciones de este título puede ser desarrollada, aplicada o interpretada de forma que reduzca o limite los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y por los tratados y convenios internacionales ratificados por el Estado español.
2. Los derechos, deberes y principios del presente título no supondrán una alteración del régimen de distribución de competencias, ni la creación de títulos competenciales nuevos o la modificación de los ya existentes.
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Proeli/es/lo/2018/11/05/1#art-10