Título TÍTULO IV
Art. 57
59 / 102En vigor desde 29 ene 2011
Mediante ley aprobada por mayoría absoluta, la Comunidad Autónoma podrá estructurar su organización territorial, además, en comarcas. Dicha ley regulará las competencias, organización y régimen jurídico de dichas entidades.
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Proeli/es/lo/2011/01/28/1#art-57