Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 106
108 / 159En vigor desde 2 mar 2007
La Comunidad Autónoma participará en los asuntos relacionados con la Unión Europea que afecten a las competencias e intereses de las Illes Balears, en los términos establecidos en este Estatuto de Autonomía, en la Constitución y en la legislación del Estado.
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Proeli/es/lo/2007/02/28/1#art-106