Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final tercera

53 / 54
En vigor desde 26 may 2002
Se faculta al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/lo/2002/03/22/1#disposicion-final-tercera