Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final vigésima cuarta
81 / 81En vigor desde 16 feb 1996
La presente Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es/lo/1996/01/15/1#disposicion-final-vigesima-cuarta