Art. 9 ter
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 9 ter

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En vigor desde 18 ago 2015
1. Los menores deben participar en la vida familiar respetando a sus progenitores y hermanos así como a otros familiares. 2. Los menores deben participar y corresponsabilizarse en el cuidado del hogar y en la realización de las tareas domésticas de acuerdo con su edad, con su nivel de autonomía personal y capacidad, y con independencia de su sexo. Se añade por el .4 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2015-8470#aprimero .

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eli/es/lo/1996/01/15/1#art-9-ter