Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 81En vigor desde 16 feb 1996
La presente Ley y sus disposiciones de desarrollo son de aplicación a los menores de dieciocho años que se encuentren en territorio español, salvo que en virtud de la ley que les sea aplicable hayan alcanzado anteriormente la mayoría de edad.
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Proeli/es/lo/1996/01/15/1#art-1