Capítulo DISPOSICIONES FINALES
Art. Primera
42 / 46En vigor desde 13 mar 1992
Las disposiciones de la presente Ley y las que en ejecución de la misma apruebe el Gobierno, determinadas por razones de seguridad pública, se entenderán dictadas aI amparo del artículo 149.1.29 de la Constitución.
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Proeli/es/lo/1992/02/21/1#primera