Título TITULO I
Art. Artículo sesenta y cuatro
80 / 95En vigor desde 8 may 1999
(Sin contenido)
Se numera como art. 63 por la disposición final 1 de la Ley Orgánica 12/1999, de 6 de mayo. Ref. BOE-A-1999-10225 Se interpreta que el art. 64 queda sin contenido.
Tus anotaciones
Proeli/es/lo/1983/02/25/1#articulo-sesenta-y-cuatro