Título TÍTULO III
Art. Artículo sesenta y siete
69 / 86En vigor desde 25 oct 1979
Concluido el tratamiento o próxima la libertad del interno, se emitirá un informe pronóstico final, en el que se manifestarán los resultados conseguidos por el tratamiento y un juicio de probabilidad sobre el comportamiento futuro del sujeto en libertad, que, en su caso, se tendrá en cuenta en el expediente para la concesión de la libertad condicional.
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Proeli/es/lo/1979/09/26/1#articulo-sesenta-y-siete