Art. Disposición transitoria primera
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Publicidad y memoria anual

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 5 abr 2023
Hasta que se constituya el Consejo Navarro de Medio Ambiente conforme a lo previsto en la presente ley foral, el mismo estará conformado por las personas que lo integran actualmente, si bien se regirá por lo dispuesto en la presente ley foral.
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