Art. [preambulo]

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En vigor desde 11 may 2010
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente LEY FORAL DE AYUDA A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El terrorismo constituye hoy en día una de las mayores lacras que han de padecer los ciudadanos por el inmenso dolor que origina a las víctimas y a sus familiares; un dolor que es compartido por la propia sociedad y ante el que no cabe sino la solidaridad y el reconocimiento; un dolor que se manifiesta a través de los asesinatos pero también a través de las amenazas, los secuestros, las extorsiones o los chantajes; herramientas a través de las cuales, los fanáticos actúan con la vana ilusión de poder conseguir así sus objetivos. En Navarra, la actuación de la banda terrorista ETA ha sido permanente a lo largo de los últimos cincuenta años. Esta lacra –aun con la contundente, permanente y firme repulsa del pueblo navarro– ha estado presente tanto en la transición democrática, como en el actual marco de derechos y libertades configurado por la Constitución española de 1978, y por la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento de Régimen Foral de Navarra. Afortunadamente, la inmensa mayoría de la sociedad condena tajantemente los actos terroristas y, por ello mismo, no está de más que, desde las instituciones que representan a esa misma sociedad y, en concreto, desde el Parlamento de Navarra, se articulen herramientas que sirvan no sólo para combatir el terrorismo, sino también para resarcir a las víctimas de tan brutales actos. En este sentido consideramos oportuno, en aras de que el resarcimiento sea completo, articular los mecanismos legales que impidan, además, que los asesinos terroristas y el entorno que se regocija con sus actuaciones y que ampara y parapeta al terrorismo como herramienta válida a través de la cual conseguir postulados políticos, puedan seguir actuando de esa forma, enalteciendo el terrorismo y mancillando a las víctimas. Más que nunca es necesario que desde las instituciones públicas, incluido el Parlamento de Navarra, se selle un compromiso concreto a favor de las víctimas, para que al dolor de las heridas o de la pérdida de un familiar no se sume el dolor del escarnio, el dolor de ver a los asesinos recibiendo homenajes u ocupando espacios públicos con sus fotografías en el mismo lugar donde se han cometido los asesinatos y por el mismo lugar que han de pasar los familiares de los asesinados. Es más que nunca necesario que las Instituciones Navarras aúnen fuerzas para impedir este tipo de actuaciones, para impedir que el terrorismo y su entorno se refugien en posiciones ambiguas a través de las cuales sobrevivir. En España, la regulación legal de las ayudas a las víctimas del terrorismo se articuló a través de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, modificada después por posteriores leyes presupuestarias, y fundamentalmente a través de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, modificada a su vez por la Ley 2/2003, de 12 de marzo. Sin embargo, en Navarra, a diferencia de otras comunidades autónomas que han elaborado sus propios textos legales para redundar y complementar las ayudas de las víctimas establecidas por la normativa estatal, carecemos de una regulación de rango de ley, cuestión que, a entender de esta Cámara, debe subsanarse por ser Navarra una de las sociedades más castigadas por el terrorismo y uno de los objetivos prioritarios de la banda terrorista ETA. En este sentido, los navarros y las navarras debemos sumar nuestro esfuerzo al de otros para que este reconocimiento y reparación de las víctimas sea lo más completo posible también en la Comunidad Foral, pues todos tenemos para con las víctimas una deuda moral y material que, aunque difícilmente en muchos casos puede ser resarcible, sí que, al menos, puede hacerse el esfuerzo para el máximo reconocimiento, atención y solidaridad. La preocupación prioritaria de esta Ley Foral es el reconocimiento y apoyo a las víctimas del terrorismo de ETA, que por su virulencia y persistencia, y por su triste realidad siguen sufriendo especialmente los ciudadanos de la Comunidad Foral. Pero sin por ello querer menospreciar otras lamentables realidades como el terrorismo internacional, u olvidar situaciones de violencia terrorista afortunadamente desaparecidas hoy en día, como la del GAL y los grupos de extrema derecha, tal y como se reconoce en el objeto de la presente Ley Foral. Desde el entender de este Parlamento, al esfuerzo denodado que realizan los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para luchar contra el terrorismo y quienes lo amparan, debemos sumar el esfuerzo institucional para que las víctimas ocupen el lugar que les corresponde como contrapartida al dolor causado. Se trata en definitiva de, en lo posible, resarcir ese dolor con una mayor protección de quienes lo sufren.
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