Art. Disposición adicional octava
Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 1 ene 2007
A las cooperativas de iniciativa social reguladas en la Ley Foral de cooperativas de Navarra, les será de aplicación el régimen tributario establecido en la presente Ley Foral. Se añade por el .2.2 de la Ley Foral 18/2006, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-2208 .

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Pro

eli/es-nc/lf/1994/06/21/9#disposicion-adicional-octava