Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición adicional segunda
68 / 78En vigor desde 29 jun 2017
Anualmente, a partir de la entrada en vigor de esta ley foral el Órgano Coordinador para la Igualdad LGTBI+ debe evaluar el grado de cumplimiento de la presente ley foral y el impacto social de la misma. La Memoria anual que se elabore será remitida el Parlamento de Navarra.
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Proeli/es-nc/lf/2017/06/19/8#disposicion-adicional-segunda