Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 29 jun 2017
Anualmente, a partir de la entrada en vigor de esta ley foral el Órgano Coordinador para la Igualdad LGTBI+ debe evaluar el grado de cumplimiento de la presente ley foral y el impacto social de la misma. La Memoria anual que se elabore será remitida el Parlamento de Navarra.
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