Art. Disposición final cuarta
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Incentivos fiscales

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 27 may 2014
Esta ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra», si bien los incentivos fiscales aplicables al mecenazgo cultural surtirán efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2015. Sin perjuicio de lo anterior, lo establecido en las disposiciones finales primera y segunda surtirá efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2014.
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