Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 1 sept 2009
Corporación Pública Empresarial de Navarra, S.L.U., dentro del plazo de un año, contado a partir de la fecha de su constitución, deberá confeccionar y elevar al Gobierno de Navarra una propuesta de ordenación y de reestructuración de las sociedades incorporadas a la Corporación que incluya, entre otras, las medidas que resulten necesarias para la fusión, absorción, separación o disolución de sociedades. Esta propuesta de Plan Estratégico incluirá los criterios de composición y régimen de funcionamiento de los Consejos de Administración, así como de los gerentes y órganos de dirección de las sociedades públicas. Así mismo, y para las sociedades incorporadas al Sector Administración, se establecerá el ámbito y marco más adecuado para la negociación colectiva. Una vez aprobado el Plan Estratégico, el presidente del Consejo de Administración informará de su contenido al Parlamento de Navarra, mediante comparecencia en la Comisión de Economía y Hacienda.
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