Art. 8
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 8

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En vigor desde 1 abr 2022
El Fondo de Financiación de Servicios es un instrumento de financiación de los municipios mediante la fijación de unos determinados módulos de reparto vinculados a la gestión de los siguientes servicios: – Centros de Educación Infantil y de Educación Primaria de titularidad pública. – Centros de primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años), de titularidad pública que cuenten con Convenio de colaboración suscrito con el departamento competente en materia de Educación, conforme con lo establecido en el Decreto Foral 28/2007, de 26 de marzo, y en la Orden Foral 79/2012, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, o, en su caso, en las disposiciones que las sustituyan o que resulten de aplicación. – Bibliotecas municipales integradas en la Red de Bibliotecas de Navarra.
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