Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
3 / 61En vigor desde 23 ago 2018
La Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de la Comunidad Foral de Navarra se regirá por lo dispuesto en esta ley foral y por las normas de Derecho Administrativo.
Para la imposición de las sanciones establecidas en el título VI se seguirán las disposiciones y los principios previstos en esta ley foral y en la normativa vigente del procedimiento sancionador administrativo.
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Proeli/es-nc/lf/2018/05/17/7#art-3