Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 97
105 / 212En vigor desde 1 abr 2001
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que soliciten la prestación de servicios que constituyen el hecho imponible de la misma.
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Proeli/es-nc/lf/2001/03/27/7#art-97