Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 74
78 / 212En vigor desde 1 abr 2001
La tarifa, con carácter general, será de 14.975 pesetas (90 euros). Las visitas adicionales o aisladas por solicitud expresa tendrán una tarifa de 1.747 pesetas (10,50 euros).
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Proeli/es-nc/lf/2001/03/27/7#art-74