Art. 35
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 35

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En vigor desde 1 ene 2019
La tasa se exigirá según las siguientes tarifas: Concepto Euros 1. Tarifa general 60,00 2. Tarifa prefijada 2.1 Anuncios de licencia municipal de actividad clasificada (pago único con la concesión de la licencia) 50,00 2.2 Anuncios a publicar en cumplimiento de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo (pago único con la aprobación definitiva y si procede, de la publicación de la normativa) 80,00 Suplementos: Tablas Euros Página completa. 60,00 Media página. 30,00 Imágenes Euros Cualquier tamaño. 30,00 Anexos en PDF. 60,00 Se modifica por el .2 de la Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-752 Se modifica por el .1 de la Ley Foral 16/2017, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-801 Se modifica por el .5 de la Ley Foral 17/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-2630 Se modifica por el .2 de la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-3960 Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2008, por el .1.1 de la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero. Ref. BOE-A-2008-3585 Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2006, por el .2 de la Ley Foral 19/2005, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-846 Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2005, por el .2 de la Ley Foral 19/2004, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-1581 Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2004, por el .3 de la Ley Foral 35/2003, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-1077

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eli/es-nc/lf/2001/03/27/7#art-35