Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 172
Derogado191 / 212En vigor desde 27 ene 2008
Constituye la base imponible la superficie útil de exposición y venta del establecimiento proyectado.
El tipo de gravamen será de 3,01 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de exposición y venta.
Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2008, por el .1.21 de la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero. Ref. BOE-A-2008-3585
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2001/03/27/7#art-172