Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 6 jun 1998
Se autoriza al Gobierno de Navarra para actualizar las cuantías pecuniarias establecidas en la presente Ley Foral, a fin de adecuarlas a los cambios de valor adquisitivo de la moneda, de acuerdo con el índice de precios al consumo de Navarra.
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