Art. 9
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 9

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En vigor desde 9 abr 2020
Los profesionales sanitarios jubilados menores de setenta años podrán ser reincorporados al servicio activo, al amparo de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en las condiciones establecidas en la misma.
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