Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Apoyo a la eficiencia energética en edificios y viviendas, y a la domótica
Art. 4
Derogado4 / 33En vigor desde 15 jun 2009
Los porcentajes de subvención previstos en el apartado 1 del artículo 2 de la presente Ley Foral se incrementarán en 5 puntos porcentuales cuando las obras incluyan mejoras de eficiencia energética, y así se reconozca en la correspondiente calificación.
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Proeli/es-nc/lf/2009/06/05/6#art-4