Art. 26
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 26

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En vigor desde 13 mar 2003
Son sujetos responsables de la infracción las personas físicas o jurídicas que incurran en las acciones u omisiones tipificadas en esta Ley Foral. Los titulares de entidades, establecimientos, empresas o servicios y las personas que estén bajo su dependencia, serán responsables solidarios cuando, por acción u omisión, permitan o toleren la comisión de dichas infracciones por parte de sus empleados o del público en general.
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