Capítulo CAPÍTULO III
Art. 30
30 / 36En vigor desde 1 ene 2019
El título de familia monoparental es compatible con el título de familia numerosa, si bien los beneficios de la misma clase o naturaleza derivados de dichos títulos no serán acumulativos, salvo que una normativa específica establezca lo contrario.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2019/02/07/5#art-30