Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 2 abr 2022
El Gobierno de Navarra pondrá a disposición de las Entidades Locales y de la ciudadanía un servicio de asesoramiento, así como los medios económicos suficientes para garantizar el correcto cumplimiento de los objetivos previstos en esta ley foral.
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