Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

278 / 278
En vigor desde 27 mar 2003
La presente Ley Foral entrará en vigor en el plazo de tres meses desde su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2002/12/20/35#disposicion-final-segunda