Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 31
31 / 92En vigor desde 23 dic 2023
1. Las personas consumidoras tienen derecho a constituir o integrarse en asociaciones u organizaciones para la defensa, representación y consulta de sus derechos y legítimos intereses.
2. El derecho a la representación, participación y consulta de las personas consumidoras o usuarias será ejercido por las asociaciones u organizaciones de personas consumidoras o usuarias directamente o a través de su representación en el Consejo Navarro de Consumo.
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Proeli/es-nc/lf/2022/12/12/34#art-31