Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 16 dic 2022
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra adoptará medidas tributarias con criterios de progresividad dirigidas a las personas con discapacidad y sus familias que contribuyan a paliar los sobrecostes ocasionados por su discapacidad.
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