Art. 44
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 44

44 / 147
En vigor desde 16 dic 2022
De conformidad con la legislación básica estatal, en el diseño de las titulaciones de Formación Profesional y en el desarrollo de los correspondientes currículos se incluirá la formación en accesibilidad universal y diseño para todas las personas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2022/11/28/31#art-44