Título TÍTULO III
Art. 13
13 / 17En vigor desde 1 abr 2021
Con posterioridad a la entrada en vigor de esta Ley Foral, la actualización de los porcentajes asignados a cada puesto de trabajo en concepto de los distintos complementos previstos en los artículos anteriores, será llevada a cabo, previa negociación con los representantes sindicales, mediante orden foral por el Consejero o Consejera competente en materia de Interior, quien deberá aplicar, en todo caso, los criterios de valoración contenidos en los Anexos de esta Ley Foral.
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Proeli/es-nc/lf/2021/03/26/3#art-13