Capítulo CAPÍTULO III
Art. 14
14 / 30En vigor desde 21 abr 1998
Los Consejos Navarros de Colegios Profesionales son Corporaciones de Derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
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Proeli/es-nc/lf/1998/04/06/3#art-14