Art. Disposición transitoria vigesimoséptima
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición transitoria vigesimoséptima

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En vigor desde 1 ene 2019
Las deducciones correspondientes a proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica, las deducciones por participación en su financiación, así como las relativas a producciones cinematográficas y series audiovisuales, iniciados con anterioridad al 01/01/2019 aplicarán hasta su finalización lo establecido, según proceda, en los artículos 62, 65 y 87 en su redacción vigente en la fecha de inicio de los mencionados proyectos y producciones. Se añade, con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2019, por el .16 de la Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-752

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eli/es-nc/lf/2016/12/28/26#disposicion-transitoria-vigesimoseptima