Título TÍTULO PRIMERO
Art. 6
6 / 25En vigor desde 22 jul 2022
El incumplimiento de los términos establecidos en la presente ley foral o la falsedad de los datos presentados determinará la pérdida del reconocimiento como víctima. La resolución será adoptada por el órgano competente para el reconocimiento previa instrucción del oportuno expediente, con audiencia de las personas interesadas, en el plazo máximo de seis meses.
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Proeli/es-nc/lf/2022/07/05/24#art-6