Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Adquisición y pérdida de la condición de personal de las Policías de Navarra
Art. 31
31 / 106En vigor desde 21 nov 2018
El personal de las Policías de Navarra se integrará en los siguientes niveles de los contemplados en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra:
a) Comisario o Comisaria Principal y Comisario o Comisaria, en el nivel A.
b) Inspector o Inspectora y Subinspector o Subinspectora, en el nivel B.
c) Agente Primero o Agente Primera y Agente, en el nivel C.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2018/11/19/23#art-31