Art. 31
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Adquisición y pérdida de la condición de personal de las Policías de Navarra

Art. 31

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En vigor desde 21 nov 2018
El personal de las Policías de Navarra se integrará en los siguientes niveles de los contemplados en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: a) Comisario o Comisaria Principal y Comisario o Comisaria, en el nivel A. b) Inspector o Inspectora y Subinspector o Subinspectora, en el nivel B. c) Agente Primero o Agente Primera y Agente, en el nivel C.
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