Art. 30
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Adquisición y pérdida de la condición de personal de las Policías de Navarra

Art. 30

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En vigor desde 21 nov 2018
La adquisición y pérdida de la condición de personal de las Policías de Navarra se regirá por lo establecido en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, sin perjuicio de lo que se dispone en esta ley foral para el personal en prácticas.
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