Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 18 dic 2010
En los casos en que esta Ley Foral utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a distintos cargos o puestos de trabajo, como Director o Jefe de Servicio, debe entenderse que se hace por mera economía en la expresión y que se refiere de forma genérica a dichas posiciones, incluyendo tanto el caso en que lo ocupen hombres como en el que lo ocupen mujeres, con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
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