Art. 31
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 31

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En vigor desde 10 ene 2006
La información relativa al seguimiento de las quejas y sugerencias recibidas así como de las respuestas y medidas adoptadas, en su caso, se incorporará a la memoria conjunta que se elaborará anualmente con carácter general y departamental.
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eli/es-nc/lf/2005/12/29/21#art-31