Capítulo CAPÍTULO III
Art. 12
12 / 37En vigor desde 10 ene 2006
La evaluación de la calidad de los servicios públicos constituye un proceso integral y continuo que:
a) Considera los niveles de prestación de los servicios en relación con las expectativas ciudadanas y la medición del grado de cumplimiento de compromisos previamente establecidos por la unidad prestadora.
b) Establece, a partir de los datos obtenidos, programas de mejora.
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Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2005/12/29/21#art-12