Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª Adjudicación conjunta de contratos de servicios para la redacción de proyecto de obras y dirección facultativa de las mismas

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 7 may 2018
Lo dispuesto en esta ley foral será de aplicación a los contratos cuyos pliegos de cláusulas administrativas particulares o condiciones reguladoras no estuvieran aprobados en la fecha de su entrada en vigor.
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