Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª De las causas de exclusión de quien licita
Art. 26
27 / 265En vigor desde 7 may 2018
En las Entidades Locales de Navarra cuya población sea inferior a 2.000 habitantes, en aquellos procedimientos de contratación en los que los únicos trámites exigibles sean la previa reserva de crédito, conforme a la legislación presupuestaria aplicable, y la presentación de la correspondiente factura, la existencia de incompatibilidad en los cargos electivos locales determinará únicamente la concurrencia de una causa de abstención.
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Proeli/es-nc/lf/2018/04/13/2#art-26