Art. Disposición final única
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final única

24 / 24
En vigor desde 11 abr 1998
La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/1998/03/27/2#disposicion-final-unica