Art. 82
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 6.ª Explotación industrial de la caza

Art. 82

Derogado83 / 144
En vigor desde 8 abr 1993
Reglamentariamente se determinarán las condiciones y requisitos para el aprovechamiento y eliminación definitiva de animales muertos y sus despojos.
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eli/es-nc/lf/1993/03/05/2#art-82