Libro LEY FORAL DE LA CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRA›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 20
20 / 40En vigor desde 26 dic 1984
La labor fiscalizadora de la Cámara de Comptos se ejercerá sobre la base de los informes y conclusiones a que los Auditores llegaran en el ejercicio de su función comprobadora e investigadora.
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Proeli/es-nc/lf/1984/12/20/19#art-20