Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 17
17 / 92En vigor desde 16 nov 2010
1. Toda persona tiene derecho a que se respeten sus valores morales y culturales, así como sus convicciones religiosas y filosóficas. Su práctica tiene que ser compatible con la práctica médica y respetuosa con las normas del centro.
2. Se deberá respetar el derecho a rehusar o a recibir ayuda espiritual sin distinción de creencia.
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Proeli/es-nc/lf/2010/11/08/17#art-17