Art. 92
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª De las infracciones en materia de pesca

Art. 92

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En vigor desde 13 ene 2024
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-1208#dd

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Pro

eli/es-nc/lf/2005/12/22/17#art-92