Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Planes de Ordenación Cinegética
Art. 36
36 / 136En vigor desde 29 dic 2005
La vigencia máxima de los Planes de Ordenación Cinegética será de cinco años o, en su caso, hasta la finalización del coto o de la zona de caza controlada, si la vigencia de éstos fuera inferior. Si caducado el Plan de Ordenación Cinegética faltase como máximo dos años para la extinción del coto, la vigencia del Plan podrá prorrogarse hasta su extinción.
En el caso de no aprobación del Plan de Ordenación Cinegética presentado, conforme al apartado 2 del artículo 35, quedará prorrogada automáticamente la vigencia del Plan anterior durante un período máximo de un año.
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Proeli/es-nc/lf/2005/12/22/17#art-36