Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 15

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En vigor desde 2 abr 2019
1. Mediante orden foral dictada por la persona titular del departamento competente en materia de derechos humanos, se procederá al nombramiento de los miembros de la Comisión de Reconocimiento y Reparación designados en la forma prevista en el artículo anterior. 2. Las personas nombradas tomarán posesión de su cargo dentro de los treinta días naturales posteriores a la fecha de la publicación de su nombramiento.
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